Por lo que a la eficiencia energética respecta, la resolución destaca que "la tasa actual de renovación de edificios y la calidad de la misma han de mejorar sustancialmente con objeto de permitir que la UE reduzca significativamente el consumo energético del parque de edificios en un 80 por ciento, con respecto a los niveles de 2010, para 2050".
La Comisión Europea (CE) pide e insiste este jueves pasado -25/04/2012- a España a aplicar la legislación comunitaria en materia de eficiencia energética en edificios mediante el envío de un dictamen motivado, el segundo paso del procedimiento de infracción abierto por el Ejecutivo comunitario.
La directiva comunitaria contemplaba que los Estados miembros deben establecer requisitos mínimos de eficiencia energética para edificios nuevos y existentes, así como garantizar la certificación de la eficiencia energética de los edificios y exigir la inspección regular de los sistemas de calefacción y aire acondicionado, siendo que debería ya estar en vigor desde junio de 2012. Además, exige a los Gobiernos que, para 2021, garanticen que todos los edificios nuevos sean *de consumo de energía casi nulo.
El Ejecutivo comunitario recuerda que si en el plazo de dos meses los Estados miembros no cumplen con su obligación, pueden ser llevados ante el tribunal comunitario.
Evidentemente desde España estamos avanzando en temas relacionados con la Eficiencia Energética. La aparición del nuevo Real Decreto 235/2012 "Procedimiento Básico para la Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios" es una consecuencia directa de las presiones Europeas. Sin embargo, ya veremos cuál será la aplicación real en la obtención del Certificado Energético desde su entrada como obligación en el 1 de Junio de 2013 dado que la voluntad política hasta la fecha siempre ha sido con muchas reticencias.