Sábado, 24 Agosto 2013 18:55

¿Cómo Marcar La Sustentabilidad En Los Envases?

Dar cuenta del esfuerzo que hacen las empresas y los fabricantes para la producción de envases ecológicos no es fácil. La mala comunicación de esta cualidad puede generar desconfianza, por eso poco a poco surgen en el mundo entidades y leyes que regulan su aplicación. Por Por Eva Verdejo Andrés (Responsable de la Línea de Negocio de Reciclado y Medio Ambiente de AIMPLAS). Existe una tendencia en el mercado hacia envases más sustentables.

En este sentido dentro de los plásticos cabe destacar las siguientes acciones:

• Uso de materiales reciclados
• Uso de materiales biodegradables
• Uso de materiales renovables
• Productos más ligeros
• Productos reciclables
• Productos fabricados con menor consumo energético

Este esfuerzo muchas veces no es percibido por el consumidor y por tanto el producto no recibe la acogida prevista. Es necesario distinguir estos envases del resto, de forma que el usuario final sea capaz de elegirlo en base a unos criterios ecológicos y poder así facilitar la denominada compra verde privada.

Tampoco hay que olvidar la compra verde pública, puesto que en determinados productos uno de los mayores consumidores es el propia Gobierno. La distinción de envases más sustentables es en ocasiones difícil. En el caso de ésta se pueden exigir ciertos parámetros como consumo de recursos, energéticos o que se den resultados de un Análisis de Ciclo de Vida o de Huella de Carbono. Así se compararían resultados y el de menor impacto ambiental recibiría mayor puntuación en la adjudicación. Sin embargo en la compra verde privada, cuando un consumidor va a la tienda o al supermercado, debe saber distinguir a simple vista un producto de otro, por eso es muy importante marcar el producto más sustentable de forma que se diferencie del resto. Este marcado ya existe, aunque a veces resulta poco claro o poco fiable, como es el caso de frases como "amigable con el medio ambiente", "respetuoso con la naturaleza", "ecológico", que no indican realmente nada del artículo, aunque pueden ser apetecibles al consumidor.

El problema de estos marcados, además, es que no llevan ningún tipo de regulación, lo que implica que cualquiera podría sellarlo sin cumplir lo que ahí se indica.

Un marcado falso lleva a mediano y largo plazo el efecto contrario al deseado, pues el consumidor no se cree lo que dicen en general las marcas y al final no las relaciona con beneficios ambientales.

Por el contrario, existen otros marcados fiables y que se hace bajo una serie de requisitos previos que deben cumplir y que son certificados por terceros: son los denominados ecoetiquetado tipo I, II y III.

El primero está regulado por la norma ISO 14024, Etiquetas ecológicas y declaraciones medioambientales. Etiquetado ecológico Tipo I. Principios y procedimientos. Está basado en criterios múltiples determinados por terceros en programas voluntarios. El producto que recibe una ecoetiqueta está bajo control del organismo que concede la misma. Dicha concesión es válida durante un periodo no superior a tres años (el periodo depende de la ecoetiqueta concreta que se trate). Finalizado dicho tiempo, debe renovarse.

Son muy comunes en la Unión Europea y algunas son reconocidas a nivel global como el Ángel Azul o el Cisne Blanco.

En el caso del Ángel Azul, cabe distinguir por ejemplo la ecoetioqueta para productos de plásticos hechos en base a material reciclado, en el que hay que cumplir, entre otros requisitos:

• Porcentaje mínimo del 80% de materiales reciclados en el producto final
• Si es un reciclado de plásticos mixtos y estos van a estar en contacto con el suelo o agua no deberán tener un impacto adverso al medio ambiente
• Prohibición de uso de cadmio
• No se deben aditivar las materias plásticas con sustancias de los Anexo I, III y IV de la Directiva 67/548/CE. Tampoco pueden quedar esas sustancias como impurezas mayores del 0.01% en peso del aditivo, ni negro de carbono como pigmento
• Las partes plásticas deben estar identificadas de acuerdo DIN ISO 1146
•  Los aditivos deben quedar identificados, con sus respectivas hojas de seguridad y una declaración sobre el cumplimiento de REACH
• Se excluye el uso del PVC, de plásticos que contengan PBDE como retardantes a la llama y poliuretano espumado con compuestos orgánicos halogenados

El ecoetiquetado tipo II está regulado por la norma ISO 14021, Etiquetas ecológicas y declaraciones medioambientales. Autodeclaraciones medioambientales. Se trata de declaraciones informativas sobre el medio ambiente realizadas por el propio fabricante/titular del producto. Dichas declaraciones se pueden hacer de diferente forma, aunque lo más habitual es en forma de texto, símbolo o cifras. No se suelen certificar, aunque deben llevar un estudio apoyándolas. Dentro de este grupo destaca el ecoetiquetado de reciclabilidad y de contenido en material reciclado.

El tipo III está regulado por la norma ISO 14025:2007, Etiquetado ecológico y declaraciones ambientales. Declaraciones ambientales Tipo III. Principios y procedimientos. Se basa en verificaciones independientes que emplean índices predefinidos y que proveen informaciones sobre los contenidos y características del producto. Esta información se obtiene a través de un ACV del producto. Este tipo de marcado, aunque es el que mayor base ambiental tiene, es de difícil entendimiento por parte del consumidor final, por lo que en la mayoría de los casos no resulta eficaz.

El marcado supone una diferenciación de producto por lo que debe significar un reconocimiento del mismo, debido al buen comportamiento ambiental. Éste debe traducirse en un aumento de competitividad por parte de la empresa que lo produce y un aumento del negocio, provocado por el mayor número de clientes comprometidos con el ambiente. Lógicamente sin olvidar las características técnicas, de calidad y de precio que el envase debe cumplir.

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Fuente: www.articuloz.com