Sábado, 28 Septiembre 2013 14:18

Preavisar De La Baja Del Seguro O Arriesgarte A Una Reclamación Judicial

 

Esta entrada hace unos meses se podría considerar absurda, pero últimamente, se hace de los más útil si estás pensando en cambiar de compañía de seguro. Hasta hace un año la tendencia era devolver el recibo y esperar a que la compañía de seguros se dé por enterada, actualmente las compañías de seguros han empezado a reclamar judicialmente aquellos recibos devueltos , y lo hacen prácticamente todas, grandes y pequeñas, conocidas o menos conocidas,  el plazo de preaviso según la Ley del seguro son 2 meses.

La ley del seguro dice: Sección Cuarta.- Duración del contrato y prescripción. Artículo 22. La duración del contrato será determinada en la póliza, la cual no podrá fijar un plazo superior a diez años. Sin embargo, podrá establecerse que se prorrogue una o más veces por un período no superior a un año cada vez. Las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada por un plazo de dos meses de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso. Lo dispuesto en los párrafos precedentes no será de aplicación en cuanto sea incompatible con la regulación del seguro sobre vida. BOE 7/10/1980

 Actualmente, se está reclamando por la vía jurídica todas aquellos recibos devueltos por el banco y de los que el Tomador no ha avisado. El motivo de esta reclamación, además de la caída de cartera, no nos vamos a engañar, es la obligación de la compañía de responder ante un siniestro si éste ocurre durante el  mes siguiente a la fecha de fin de la póliza. La picaresca ha hecho habitual que una vez que ha pasado ese mes de gracia se contrata la póliza en otra compañía y así se ha tenido un mes gratis de seguro.

El trámite:

No cuesta tanto avisar de la cancelación del contrato y el trámite es sencillo, en esta entrada podéis bajar un modelo de carta de baja  para poder remitir a tu compañía con al menos dos meses de antelación al vencimiento de la póliza. Puede pasar también que dudes si finalmente vas a dar de baja la póliza con la antelación suficiente, para eso se envía una carta preventiva de baja avisando de la posible cancelación, reservándote la posibilidad de continuar con ese mismo seguro si no te convencen las alternativas de la competencia.

Por último, los agentes tenemos poca posibilidad de defender al cliente  si la compañía finalmente decide reclamar judicialmente el pago de la prima, sobre todo, si no ha preavisado y ha pasado más de un mes sin dar respuesta a nuestras llamadas. Lo que sí podemos hacer los profesionales es avisar de los pros y los contras  de la necesidad de preavisar, y si no es posible cambiar este año la póliza tendremos que apuntarlo en la agenda para el siguiente pero con 3 meses de antelación para evitar esos problemas.

Los modelos de preaviso:

Fuente: www.articuloz.com